Abril es el mes de presentar la declaración anual para personas físicas
En abril se presenta la declaración anual 2019 de personas físicas.
¿Quien debe presentar la declaración?
- Si recibiste ingresos por salarios de un solo patrón y dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre.
- Si obtuviste ingresos acumulables distintos de sueldos y salarios.
- Si trabajaste para 2 o más empresas de forma simultánea.
- Si los salarios provienen de fuente del extranjero o de personas no obligadas a retener, así como de ingresos por indemnización.
- Los que se encuentran en el Régimen de Servicios Profesionales (Honorarios).
- Los que tienen actividades empresariales (Incluido Régimen de Incorporación Fiscal que optaron por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad)
- Los que cobran rentas por algún inmueble.
- Reciben intereses o dividendos.
- Los que vendieron algún bien inmueble.
- O si compraron algún bien.
Las personas que están exentas a presentarla son las que tuvieron ingresos por salarios de un solo patrón (excepto si en el ejercicio obtuvieron ingresos por jubilación, liquidación o algún tipo de indemnización laboral; y si están obligados a informar en la Declaración Anual, sobre préstamos, donativos y premios), siempre que no exista ISR a cargo del contribuyente en la declaración anual y el patrón haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los ingresos, incluso los superiores a 400 mil pesos.
Igualmente las que recibieron ingresos por salarios y que, en su caso, hayan obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido de 20 mil pesos.
Para presentar tu Declaración Anual 2019 solo debes tener a la mano:
- RFC
- Contraseña
- e.firma vigente
- Datos bancarios (Banco y CLABE, solo si tienes saldo a favor)
Recuerda que debes verificar que tus comprobantes estén correctos con el visor de nómina, conocer cuáles son tus deducciones personales.
Para más información puedes visitar el micro sitio del SAT.