Prórroga para el nuevo catálogo de método de pago SAT

Prórroga para el nuevo catálogo de método de pago SAT

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Se publica prórroga para poder seguir aplicando el Método de Pago “NA” o No Aplica en algunas facturas electrónicas. En el artículo anterior donde hablamos de que el método de pago NA no se podía aplicar en algunas facturas electrónicas a partir del 05 de junio, habla de que los CFDI’s que el emisor expida después de recibir el pago, los del artículo 32 de la Ley Antilavado y pagos realizados en cajeros electrónicos.

Se mencionaron también los métodos de pago del anexo 24, el cual era hasta el momento referencia en los posibles métodos de pago para la facturación electrónica.

Se pensó que podrían unificar el anexo 20 (facturación electrónica) y el anexo 24 (contabilidad electrónica), ambos anexos son de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Nuevo Requisito de la Facturación Electrónica

A partir del 15 de Julio de 2016 NO se podrá utilizar el Método de Pago NA en algunos CFDI’s.

Mensaje del SAT:

Te damos a conocer el Catálogo de formas de pago, en relación a la regla 2.7.1.32., “Cumplimiento de requisitos en la expedición de comprobantes fiscales”, publicada en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, el cual será exigible a partir del 15 de julio de 2016.

Catalogo de formas de pagó

Este catálogo es el referido en la regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente (RMF), sirve para asentar en el CFDI la forma en que se realizó el pago de la operación en términos de lo dispuesto por el artículo 29-A, fracción VII, inciso c) del código fiscal de la federación, dato que deberá asentarse en el atributo “Método de Pago” del anexo 20 de la RMF.

Los métodos de pago aceptados en la facturación electrónica son:

  • Efectivo
  • Cheque Nominativo
  • Transferencia Electrónica de Fondos
  • Tarjeta de Crédito
  • Monedero Electrónico
  • Dinero Electrónico
  • Vales de despensa
  • Tarjeta de Débito
  • Tarjeta de Servicios
  • Otros…

El dato método de pago debe asentarse en el CFDI en el dato que corresponde a la “Forma de Pago”

prorroga

 

Más de un método de pago

En caso de aplicar mas de una forma de pago en una transacción, deberá seleccionarse cada una de las claves aplicables, empezando por la que corresponda a la forma con la que se liquida la mayor cantidad de pago y así, progresivamente hasta llegar al final a la forma con el que se liquida la menor cantidad del pago, separadas por una coma (,).

Las disposiciones del presente catálogo será exigible a partir de 15 de julio de 2016.