SAT da prórroga para la cancelación de CFDI (Facturas Electrónicas)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, derivado del interés de los contribuyentes y de sus proveedores de aplicaciones informáticas por cumplir con sus obligaciones fiscales, se amplía al 1 de septiembre el plazo para el inicio de operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas.
Lo anterior, considerando el avance de los contribuyentes en el desarrollo de las aplicaciones que harán uso de este nuevo servicio y el de los trabajos que actualmente están desarrollando para cumplir con la emisión del recibo electrónico de pago.
El servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas protege a los receptores contra la cancelación indebida y unilateral de facturas que amparan operaciones que realmente se han realizado e incluso que se han pagado.
De esta manera, se aporta seguridad jurídica a las transacciones entre los contribuyentes y se protege el legítimo derecho a deducir o acreditar conforme a las disposiciones fiscales vigentes.
Nueva prórroga
La cancelación de la factura es una nueva disposición que llegó junto con la versión 3.3 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Con esta ampliación del plazo se suma un total de dos prórrogas: originalmente, pese a que la nueva versión del CFDI es la única aceptada desde el 1 de enero de este año, se esperaba que el proceso de aprobación para la cancelación de facturas fuera para mayo pero, después, movieron la fecha para el pasado 1 de julio.