Causas de cancelación de los certificados digitales en 2020 por parte del SAT

30/10/2019

Las causas de cancelación de los certificados digitales según la propuesta de Reforma Fiscal para 2020 van dirigidas esencialmente a los contribuyentes que dan efectos fiscales a los comprobantes que amparan operaciones inexistentes, con lo que utilizan para deducciones y acreditamientos que disminuyen la contribución a pagar o incluso generan saldos a favor que pueden obtener en devolución.
Relación de las posibles causas por las que el certificado de sello digital podría ser cancelado a partir de 2020 de ser aprobada la reforma al artículo 17-H fracción X del CFF:

  • Omitir la presentación de la declaración anual a la que se está obligado y esta se omita durante el mes posterior a la fecha límite de presentación.
  • Omisión de 2 o más declaraciones provisionales o definitivas de forma consecutiva.
  • Por no presentar aviso de cambio de domicilio.
  • Cuando el contribuyente reciba un CFDI de un contribuyente que no desvirtúe la presunción de inexistencia de las operaciones de tales comprobantes en términos del artículo 69-B cuarto párrafo del CFF.
  • Cuando un contribuyente no acreditó la efectiva adquisición de los bienes o recepción de los servicios, ni corrigieron su situación fiscal después de transcurrido el plazo previsto en dicho párrafo.
  • Cuando el domicilio fiscal no cumpla con el supuesto del artículo 10 del CFF.
  • Al detectar incoherencias entre los ingresos declarados y los que amparan los CFDI.
  • Si los datos de contacto del buzón tributario del SAT están incorrectos o no son los auténticos.
  • Cuando el contribuyente no desvirtuó la presunción de la transmisión de pérdidas fiscales indebidamente, encontrándose en el listado octavo párrafo del artículo 69-B del CFF.

Al aprobarse estas nuevas causas de cancelación de los Certificados de Sello Digital afectarían directamente a la actividad económica del contribuyente al imposibilitar la emisión del CFDI.

Como conclusión el SAT pide que la operaciones que el contribuyente realice sean reales y legales, para pode aplicarlas como deducciones y se acrediten en los impuestos correspondientes.

Cuando un Certificado de Sello Digital sea cancelado, el contribuyente podrá aportar pruebas al SAT para aclarar su situación y así obtener u  nuevo CSD.

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