Cuando y porque retienen las Personas Físicas
¿Cuándo y por qué las personas físicas retienen impuestos en sus actividades profesionales y empresariales?
En el régimen de actividad profesional y empresarial, también conocido como régimen general, las personas físicas que prestan servicios profesionales independientes están sujetas a retenciones de impuestos cuando realizan operaciones con personas morales. Estas retenciones afectan principalmente al ISR y al IVA. Veamos a detalle cada uno:
1. Impuesto Sobre la Renta (ISR)
El ISR se retiene cuando los contribuyentes prestan servicios profesionales a personas morales. La tasa de retención es del 10% sobre los pagos efectuados por las personas morales, proporcionando a los contribuyentes una constancia de la retención. Estas retenciones se deben enterar conjuntamente con otras obligaciones fiscales y pueden acreditarse contra el impuesto a pagar en los pagos provisionales, siempre que se trate de servicios profesionales independientes, excluyendo a los asalariados.
2. Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El IVA se retiene cuando se reciben servicios personales independientes o se usan bienes de personas físicas, según lo establecido en el artículo 1A Frac. II Inciso A de la LIVA. Esta retención aplica para cualquier persona física, incluyendo aquellos registrados en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), que ofrezca servicios a una persona moral, independientemente de si se requiere título profesional para dichos servicios.
¿Qué sucede con las retenciones?
- Para la persona moral, estas retenciones representan un pasivo. Deben ser entregadas al SAT en cada declaración mensual, sin derecho a deducción.
- El profesional independiente debe acreditar estas retenciones en sus declaraciones mensuales para restarlas de su pago provisional.
Ejemplos de Retenciones de Impuestos
Ejemplo de Retención de ISR | |
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Monto Cobrado | $10,000 |
Retención de ISR (10%) | $1,000 |
Ejemplo de Retención de IVA | |
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Monto Cobrado | $10,000 |
Retención de IVA (10.67%) | $1,066 |
Ejemplo Práctico
Supongamos que Juan Pérez, ingeniero en sistemas, presta un servicio a la empresa «La Comercial S.A. de C.V.» por $10,000. Detallando en el recibo los montos y las retenciones, la empresa deberá pagar al SAT los $1,000 de ISR y los $1,066 de IVA retenidos. Mientras que Juan podrá acreditar estas retenciones para reducir su pago mensual de impuestos.
Conclusiones
El gobierno utiliza a las empresas como entidades solidarias para garantizar el pago de impuestos por parte de las personas físicas que ofrecen servicios. Esto se realiza para facilitar la vigilancia fiscal sobre individuos que podrían evadir sus obligaciones tributarias.
2 Comments
BUENAS TARDES, SOY PERSONA FÍSICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y ESTOY RENTANDO EQUIPO TOPOGRÁFICO A UNA PERSONA MORAL, ¿CUALES RETENCIONES DEBEN INCLUIR MI FACTURA? GRACIAS
Las personas físicas con actividad empresarial que renten equipo topográfico a personas morales deben retener el 10% del monto de la renta.
La retención se debe aplicar sobre el monto total de la renta, sin incluir el IVA. El IVA se debe pagar por separado, de acuerdo con la tasa vigente.